A lo discutido en clase, entiendo una persona jurídica como una persona ficticia, que puede tener derechos asi como adquirir obligaciones, mas no penales, como lo haría una persona fisica.
La persona Jurídica puede actuar en los negocios activamente y puede ser representada judicial y extrajudicialmente.
Recuerdo que hablando con algún profesional
de tantos, me comentó que al formar una persona jurídica para “evadir
responsabilidades” por ejemplo, lo que comentábamos
sobre el tener los vehículos inscritos
bajo una sociedad para evitar embargos, es igualmente posible perseguir el
propietario para hacerlo responsable. Decía que antes, años atrás, si se usaba
de ese modo, pero que hay asuntos que han ido cambiando al respecto. Que saben
ustedes sobre el tema? que tanto podría
evadirse de responsabilidad con esto, incluso en un accidente de tránsito en el
que se dé a la fuga el conductor (estando el automóvil inscrito bajo SA) o
alguna situación similar?....
Me gustó este texto que encontré, esta interesante, si pueden leanlo
Velo Juridico
Me gustó este texto que encontré, esta interesante, si pueden leanlo
Velo Juridico
Qué dicha que lo lograste. Trabajaremos la forma más adelante. Saludos!
ReplyDelete